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Sentencias

Régimen de visitas y Custodias durante el Estado de Alarma.

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La declaración del Estado de Alarma mediante la publicación del RD 463/2020, debido a la crisis del Coronavirus Covid 19, ha pillado a muchos padres de sorpresa y con muchas dudas sobre cuando pueden ver a sus hijos. La modificación con posterioridad del mismo decía que durante dicho Estado las personas podrían circular por las vías publicas en determinados casos y acompañadas de menores.

Por otro lado la decisión de algunos Jueces de suspender cualquier sistema de visitas y/o custodia compartida, quedando los menores en compañía del progenitor con quien estuviera al declararse el Estado de Alarma, así como otros Juzgados que decían lo contrario tal como que el Estado de Alarma no debería ser excusa para cumplir los regímenes de visitas y custodias, volvía surgir nuevas dudas e inquietudes en despachos de abogados. padres y madres afectados .

Debido a todas esas circunstancias la Abogacía del Española se ha pronunciado y ha asesorado a los despachos de como se debería actuar en cada caso, ya que la Crisis del Coronovirus, el Estado de Alarma y el Real Decreto Reseñado no ha impedido que se lleve a cabo los Regímenes de Visitas y Custodias, pero nunca olvidemos QUE SIEMPRE DEBE PREVALECER LA SALUD DEL MENOR AL INTERES PROPIO.

Muchos son los casos que se nos pueden dar. Mas información sobre como actuar asesorados por la www.abogacia.es

El TEDH avala el uso de cámaras a empleados del Mercadona en su puesto de trabajo.

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Grabar a un empleado en su puesto de trabajo con una cámara mientras roba no viola su intimidad. El TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rectificado este jueves el fallo de la Sala de esa misma corte pronunciado en enero de 2018 y avala a España en el caso de las cinco empleadas de la cadena valenciana que fueron despedidas tras ser filmadas con cámara oculta cuando robaban yogures, choped y algunos alimentos más. Las trabajadoras despedidas por Mercadona fueron informadas en febrero de 2009 de unas pérdidas en existencias de hasta 24.614 euros al mes.

Así, la Corte europea considera que «los tribunales han identificado claramente los diferentes intereses en juego». La nueva sentencia, que se aprobó por catorce votos contra tres, concluye que España «no sobrepasó su margen de apreciación», por lo que no vulneró el derecho a la privacidad recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Mas información en ABC noticias. Descargar Sentencia.

Adiós a la vivienda familiar.

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Todo el mundo tiene derecho a rehacer su vida, pero no a costa de los demás. Mas a menos es el sentimiento que ha dejado claro según Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo 641/2018 la cual crea jurisprudencia. La citada Sala confirmó el fallo de la Audiencia Provincial de Valladolid.

El Tribunal considera que introducir una tercera persona, el domicilio familiar pierde su condición original de vivienda familiar al destinar su uso a una familia distinta. Anteriormente tal circunstancia hacia perder la correspondiente pensión compensatoria o la reducción de las pensiones de alimentos de los hijos.

La medida no priva a los menores de su derecho a una vivienda, ni cambia la custodia, que se mantiene en favor de su madre. La atribución del uso a los hijos menores y al progenitor custodio se produce para salvaguardar los derechos de aquellos. Pero más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar (…)

En principio podría parecer un problema como demostrar la convivencia de un tercero en el domicilio familiar, pero no es así. Un informe de …..

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El novio de mi exmujer vive en mi casa. ¿Que puedo hacer?

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Adios a la Pension Compensatoria. A través de nuestras investigaciones podemos documentar con informes este tipo de casos. La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto a favor de un hombre que solicitó dejar de tener que pasar la pensión compensatoria a su ex mujer que vivía con una nueva pareja. El ex marido en cuestión reclamó dejar de abonar la cuantía económica que pagaba desde que se separaron en 1994, dado que ella convivía con su nueva pareja desde 2004. El hombre solicitó dejar de pagarle la pensión y en 2016 la Audiencia Provincial de Salamanca le dio la razón. Ella recurrió pero el Tribunal Superior le dió la razón al hombre.

En base a este caso y en otros de similares características relacionados con el Derecho de Familia, nuestras investigaciones e informes pueden documentar tales conductas y pueden ser aportados en Sede Judicial junto a nuestro testimonio. Si te encuentras en esta situación llámanos, te asesoraremos de forma gratuita y sin compromiso. Defiende tus derechos.

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