Detectives Almeraya

CONFIDENCIALIDAD

 

Según el articulo 103 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad privada:

«Los detectives privados están obligados a guardar riguroso secreto de las investigaciones que realicen y no podrán facilitar datos sobre éstas más que a las personas que las encomienden y a los organos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones»