Control de Redes Sociales de padres a hijos menores.
Según los hechos declarados probados en la instancia, un hombre contactó en Facebook con la menor, que entonces tenía 15 años, ante la que se desnudó y masturbó, utilizando para ello la webcam de su ordenador. Posteriormente, quedó con la niña, que entonces tenía 15 años, y con una amiga, de 17 años, para mantener relaciones sexual. En distintas fechas, mantuvo conversaciones a través de la misma red social con otras cuatro menores ante las que también apareció desnudo.
Como consecuencia de estos hechos, la Audiencia Provincial de Tarragona condenó al acusado a tres años de prisión y al pago de una multa de 1545 euros por un delito de abusos sexuales a menor de trece años y cinco delitos continuados de exhibicionismo. En su recurso, el condenado solicitó que se anularan como prueba los citados mensajes, alegando que se había accedido a los mismos sin autorización de la menor y que, por tanto, se había vulnerado el derecho a la intimidad de los comunicantes.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de fecha 10 de diciembre de 2015 (sentencia número 864/2015, ponente señor del Moral García), por la que …… confirma la validez como prueba de un delito de abuso sexual los datos obtenidos por una madre de la cuenta abierta por su hija menor de edad en Facebook. La madre….accedió a esta cuenta sin que conste que la menor hubiera otorgado su permiso al respecto, ante la sospecha de que la niña pudiera estar siendo víctima de ciberacoso.
Fuente : Noticias Jurídicas.
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