Carcel por un Me Gusta de Facebook
¿Consideras que tu ex pareja te acosa en las Redes Sociales?. Pega pantallazo a todos sus «me gusta» o comentarios en Facebook u otras Redes Socials y así poder iniciar el procedimiento. Estos hechos pueden suponer una infracción en la prohibición de comunicación y se puede considerar un quebrantamiento de medidas cautelares. El Juzgado de lo Penal de Barcelona le dió la razón al magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1 de Badalona que dictaminó en sentencia de 24 de octubre de 2015 el delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar al individuo que entró en varias ocasiones en el perfil de Facebook e interactuó mediante el botón “me gusta”, condenándole a nueve meses y un día de prisión.
Por tales hechos se condenó como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena, previsto y penado en el art 468.1 y 2 del CP , con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia del art 22.8 del C.P ., a la pena de 9 meses y un día de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales causadas.
En Detectives Almeraya te podemos asesorar de forma gratuita sobre tu caso. Aportamos los informes que sean necesarios y asistimos a juicio como testigos y peritos para ratificarlos. No dudes en ponerte en contacto con nosotros por cualquier medio. No dejes que jueguen con el futuro de tus hijos ni con el tuyo propio.
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