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Investigaciones privadas relacionadas con el Coronavirus Covid-19. (Bajas Fingidas)
Si eres empresario y tienes empleados de baja laboral relacionadas con el Coronavirus Covid-19 debes de acompañarnos en esta lectura. Todo los trabajadores que se encuentren infectados con el Coronavirus o que se encuentren aislados en casa en cuarentena tendrá derecho a la baja médica por enfermedad profesional y no por enfermedad común. Es decir se considerarán incapacidades temporales por accidente de trabajo. Real Decreto-Ley 6/2020.
¿Como se han tramitado dichas bajas laborales?
El objetivo primordial es no salir de casa, ni desplazarse para evitar contagios, por lo que se ha reducido la atención presencial en los Centros de Salud y Hospitales. Por lo tanto si una persona se encuentra con algún síntoma relacionado con el Coronavirus, solo tiene que realizar una llamada a su Centro de Saludo y este le tramitara la baja via online y email, a través de su tarjeta sanitaria correspondiente. A partir de aquí EN TEORÍA, el posible afectado será atendido por el personal sanitario tras la valoración del paciente y por las preguntas que se le formule. La práctica posiblemente haya sido otra.
Es decir dicha valoración médica se llevado a efecto vía teléfono. Debido a la saturación y desbordamiento de casos por Coronavirus, el sistema de salud ha estado desbordado, por lo tanto, ¿Se han comprobado personalmente por personal sanitario la veracidad de esa baja? ¿Si ese trabajador es de los trabajadores de servicios esenciales, como le afecta al empresario y a la Mutua dicha baja por accidente de trabajo?. La Pandemia nos ha pilado a todos fuera de juego, tampoco ha habido recursos para hacer pruebas médicas a todo el mundo, por lo puede surgir la piscaresca bajo mi punto de vista y con ello poder cobrar dicha prestación.
Solo uno de cada cuatro trabajadores….
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Testigos protegidos que acaban desprotegidos.
Algunas personas sin querer se ven envueltas en casos penales y judiciales, al ser el mismo testigo de unos hechos importantes y que su ratificación testifical es imprescindible en un proceso judicial, convirtiéndose por ello en la figura de testigos protegidos. Esto suena muy bien, pero he de decir que esto no es EE.UU, ni se esta rodando una película, es algo muy serio, que al principio, repito puede sonar muy bien, pero con el tiempo se puede volver en tu contra. Dicha figura esta en la Ley 19/1994 la cual consta de cuatro artículos, muy escueta, para estar incurso en una causa criminal. En su artículo 2 habla de las siguientes medidas:
a) Que no consten en las diligencias que se practiquen su nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión, ni cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación de los mismos, pudiéndose utilizar para ésta un número o cualquier otra clave.
b) Que comparezcan para la práctica de cualquier diligencia utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal.
c) Que se fije como domicilio, a efectos de citaciones y notificaciones, la sede del órgano judicial interviniente, el cual las hará llegar reservadamente a su destinatario.
Esta es la teoría, pero la práctica es otra y es la siguiente:
- No siempre se protege su identidad con una nueva identidad, las medidas quedan a manos de los Jueces y Juezas.
- Si las defensas así lo solicitaran para no causar indefensión podrían desvelar la identidad del testigo protegido.
- Se les hace ir a declarar a juicio en lugar de aportar prueba pre constituida.
- No se distorsiona la voz en su declaración y algunos poseen acento extranjero identificable.
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Investigaciones privadas relacionados con el Coronavirus Covid-19. (Residencias de Mayores)
Muchas son las dudas y las inquietudes sobre fallecimientos relacionados durante el Estado de Alarma, la crisis del Coronavirus Covid-19 y en cuestión con los fallecimientos relacionados con nuestros mayores en residencias de ancianos, siendo en la actualidad mas o menos a fecha de hoy de mas de 10.000 fallecidos. Cifra esta, que a cualquier persona con un poco de sentido común le es alarmante. Muchas han sido las denuncias llevadas a cabo relacionadas con este tema. Se han detectado por parte del ejercito a ancianos ya fallecidos en las residencias, a los cuales, ¿se le practica la autopsia o se les hacen pruebas para saber el motivo de su defunción?. ¿Se confecciona el parte de defunción como caso sin resolver posiblemente para que no cuenten en las estadísticas y evitar posibles indemnizaciones por parte de la administración?.
Esto nos lleva a hacer varias reflexiones las cuales se deben investigar una vez que se formalice la situación en España y exigir por parte de los familiares las correspondientes responsabilidades a las Administraciones correspondiente:
- ¿Contaban dichas residencias y sus trabajadores con los medios adecuados para hacer frente a la Pandemia?.
- ¿Se le suministró a tiempo dicho material sanitario a los empleados?
- ¿Quedaron abandonados nuestros mayores en sus habitaciones, sin ser atendidos por falta de personal, ya sea por encontrarse de baja o por abandono de su puesto de trabajo por miedo?.
- ¿Ha existido falta de seguridad extrema, de limpieza, de medios y de empleados?
- ¿Por todo ello, han existido negligencias sobre la gestión del Coronavirus en las residencias y que han llevado al fallecimiento de algún familiar?
Si has perdido algún familiar en dichas circunstancias….sigue leyendo….
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Investigaciones a través de Ingeniería Social.
Muchos no son conscientes de lo importante que es la Ingeniería Social o yo la llamaría psicología social, en el entorno laboral o personal de una persona. La mayoría que utilizan redes sociales e Internet no son conscientes de que cuentan su vida por las redes, hecho este que se puede aprovechar en una investigación para obtener muchas datos e incluirlos en un procedimiento judicial si es necesario. La Ingeniería Social hablando en un lenguaje coloquial podríamos definiría como el arte de obtener información utilizando ciertas técnicas.
Existen ciertas técnicas utilizadas por Hackers para obtener ciertos datos de las personas para luego cometer un delito, estafas, fraudes etc, de este tipo de técnica no vamos a hablar ya nuestro objeto no es ese, sino otro que explicaremos mas adelante. Se suele obtener información de alguna persona a través de emails, teléfono, redes sociales, contacto directo, etc y con ello adquirir la confianza del usuario. Parra ello se utiliza ciertas técnicas de acercamiento, aprovechando la inocencia del usuario, sus hobbies, gustos, etc y con ello obtener cierta información la cual va a ser utilizada para documentar un hecho en nuestras investigaciones y no para estafar o cometer algún delito al usuario……..Sigue…leyendo….
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